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Compensación económica por razón de trabajo

Es una figura propia del derecho civil catalán (art. 232-5 CCCat) por la que, en régimen de separación de bienes, el cónyuge que se dedicó a la familia o trabajó para el otro sin retribución adecuada puede reclamar una compensación si ello generó un desequilibrio patrimonial. Suele abonarse en un pago único.

Ejemplo: Quien renunció a su carrera para cuidar del hogar reclama una compensación por el patrimonio que el otro acumuló.

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