⚖️ Abogados colegiados colaboradores 🔒 Primera consulta confidencial ⭐ Abogados especialistas 📍 Especialistas en Barcelona
Reclamación de pensión compensatoria tras un divorcio en Barcelona
Reclamación de pensión compensatoria tras un divorcio en Barcelona
En resumen: la pensión compensatoria corrige el desequilibrio económico que el divorcio provoca a uno de los cónyuges. En Cataluña convive con la compensación económica por razón de trabajo. Su cuantía y duración dependen de varios factores; la reclamamos o nos oponemos según tu caso.

¿Qué es la pensión compensatoria?

Es la prestación que corrige el desequilibrio económico que el divorcio causa a un cónyuge respecto al otro y respecto a su situación durante el matrimonio. No es automática: hay que probar ese desequilibrio.

Pensión compensatoria y compensación por razón de trabajo

En Cataluña, bajo el régimen de separación de bienes, convive con la compensación económica por razón de trabajo (art. 232-5 CCCat) para quien se dedicó a la familia. Son figuras compatibles que valoramos conjuntamente.

¿Qué factores determinan la cuantía?

  • La duración del matrimonio y la dedicación a la familia.
  • La edad y el estado de salud.
  • La cualificación profesional y las expectativas de empleo.
  • El patrimonio y los ingresos de cada cónyuge.

¿La reclamas o te la reclaman?

Tanto si quieres reclamarla como si debes oponerte, preparamos la estrategia y la prueba para fijar una cuantía y duración justas. Suele pactarse en el convenio regulador o decidirse en un divorcio contencioso.

Preguntas frecuentes sobre pensión compensatoria en Barcelona?

¿Puedo reclamar la pensión compensatoria después del divorcio?

Como regla general debe solicitarse dentro del propio procedimiento de divorcio; no reclamarla entonces suele impedir hacerlo más tarde. Por eso conviene valorar el desequilibrio desde el inicio. El abogado independiente especialista estudia tu caso antes de presentar la demanda para no perder el derecho.

¿Se extingue la pensión compensatoria si me vuelvo a casar?

Sí. El nuevo matrimonio o la convivencia marital estable con otra persona son causas de extinción de la pensión compensatoria, además del cese del desequilibrio. El abogado independiente especialista valora si concurre alguna causa para solicitar su extinción o modificación.

¿Puedo pactar la pensión compensatoria como pago único?

Sí. En lugar de una renta periódica, puede acordarse su abono mediante una cantidad a tanto alzado o la entrega de bienes. Es una fórmula que aporta seguridad a ambas partes. El abogado independiente especialista la plasma en el convenio con las garantías adecuadas.

¿Quién tiene derecho a la pensión compensatoria?

El cónyuge al que el divorcio le produce un desequilibrio económico respecto al otro y respecto a su situación en el matrimonio. Debe acreditarse ese desequilibrio; no se concede de forma automática.

¿La pensión compensatoria es para siempre?

No necesariamente. Puede ser temporal o indefinida, e incluso fijarse como pago único. Su duración depende de la posibilidad de que el cónyuge supere el desequilibrio con el tiempo.

¿Es lo mismo que la compensación por razón de trabajo?

No. La compensación económica por razón de trabajo es propia del régimen catalán de separación de bienes y retribuye la dedicación a la familia. Puede ser compatible con la pensión compensatoria.

Este servicio forma parte de nuestra área de Patrimonio y Vivienda. ← Volver a Patrimonio y Vivienda

Da el primer paso hacia tu nueva vida

Reserva tu primera consulta confidencial con un abogado de divorcios en Barcelona. Sin compromiso.