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Reclamación de pensión compensatoria tras un divorcio en Barcelona
Reclamación de pensión compensatoria tras un divorcio en Barcelona
En resumen: la pensión compensatoria corrige el desequilibrio económico que el divorcio provoca a uno de los cónyuges. En Cataluña convive con la compensación económica por razón de trabajo. Su cuantía y duración dependen de varios factores; la reclamamos o nos oponemos según tu caso.

¿Qué es la pensión compensatoria?

Es la prestación que corrige el desequilibrio económico que el divorcio causa a un cónyuge respecto al otro y respecto a su situación durante el matrimonio. No es automática: hay que probar ese desequilibrio.

Pensión compensatoria y compensación por razón de trabajo

En Cataluña, bajo el régimen de separación de bienes, convive con la compensación económica por razón de trabajo (art. 232-5 CCCat) para quien se dedicó a la familia. Son figuras compatibles que valoramos conjuntamente.

¿Qué factores determinan la cuantía?

  • La duración del matrimonio y la dedicación a la familia.
  • La edad y el estado de salud.
  • La cualificación profesional y las expectativas de empleo.
  • El patrimonio y los ingresos de cada cónyuge.

¿La reclamas o te la reclaman?

Tanto si quieres reclamarla como si debes oponerte, preparamos la estrategia y la prueba para fijar una cuantía y duración justas. Suele pactarse en el convenio regulador o decidirse en un divorcio contencioso.

Preguntas frecuentes sobre pensión compensatoria en Barcelona?

¿Quién tiene derecho a la pensión compensatoria?

El cónyuge al que el divorcio le produce un desequilibrio económico respecto al otro y respecto a su situación en el matrimonio. Debe acreditarse ese desequilibrio; no se concede de forma automática.

¿La pensión compensatoria es para siempre?

No necesariamente. Puede ser temporal o indefinida, e incluso fijarse como pago único. Su duración depende de la posibilidad de que el cónyuge supere el desequilibrio con el tiempo.

¿Es lo mismo que la compensación por razón de trabajo?

No. La compensación económica por razón de trabajo es propia del régimen catalán de separación de bienes y retribuye la dedicación a la familia. Puede ser compatible con la pensión compensatoria.

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