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Cálculo justo de la pensión de alimentos para los hijos tras un divorcio en Barcelona
Cálculo justo de la pensión de alimentos para los hijos tras un divorcio en Barcelona
En resumen: la pensión de alimentos se calcula combinando las necesidades del hijo y la capacidad económica de cada progenitor, con las tablas del CGPJ como referencia. Cubre los gastos ordinarios y se mantiene mientras el hijo no sea independiente, aunque sea mayor de edad.

¿Qué es la pensión de alimentos?

Es la cantidad que un progenitor abona para cubrir las necesidades de sus hijos: vivienda, alimentación, educación, ropa y salud. Es un derecho del menor, irrenunciable.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

Se atiende a dos factores: las necesidades del hijo y la capacidad económica de cada progenitor. Los juzgados de Barcelona usan como referencia las tablas orientativas del CGPJ y el principio de proporcionalidad. Lo detallamos en el blog: cómo se calcula la pensión de alimentos.

Gastos ordinarios y extraordinarios

La pensión cubre los gastos ordinarios (previsibles y periódicos). Los gastos extraordinarios (una operación, ortodoncia, gafas) se abonan aparte, normalmente al 50%.

¿Hasta qué edad se paga?

No hay edad fija: se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente, aunque sea mayor de edad, si sigue formándose con aprovechamiento.

¿Se puede modificar o reclamar?

Si cambian los ingresos o las necesidades, cabe una modificación de medidas. Y si no se paga, puedes reclamar el impago por vía civil y penal.

Preguntas frecuentes sobre pensión de alimentos en Barcelona?

¿Hasta qué edad es obligatorio pagar la pensión de alimentos?

No existe una edad fija. La obligación se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente, aunque sea mayor de edad, siempre que siga formándose y no se haya emancipado por su propia desidia.

¿Cómo se calcula la cuantía de la pensión de alimentos?

Combinando las necesidades del menor y la capacidad económica de cada progenitor, usando como referencia las tablas orientativas del CGPJ y el principio de proporcionalidad.

¿Hay pensión de alimentos en la custodia compartida?

Puede haberla. Si existe un desequilibrio de ingresos entre los progenitores, el juez puede fijar una pensión para que el menor mantenga el mismo nivel de vida con ambos padres.

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