← Glosario

Bienes privativos

Son bienes privativos los que pertenecen a uno solo de los cónyuges: los que tenía antes del matrimonio y los adquiridos después a título gratuito, como una herencia o donación. En el régimen de separación de bienes de Cataluña, cada cónyuge conserva sus bienes privativos, que no se reparten al divorciarse.

Ejemplo: El piso que heredó una de las partes es un bien privativo y no entra en el reparto del divorcio.

¿Quieres saber más y recibir asesoramiento? Consulta nuestro servicio relacionado →

Términos relacionados

Da el primer paso hacia tu nueva vida

Reserva tu primera consulta confidencial con un abogado de divorcios en Barcelona. Sin compromiso.