Gastos ordinarios
Los gastos ordinarios son los previsibles y periódicos que cubre la pensión de alimentos: alimentación, ropa, vivienda, material escolar habitual o desplazamientos. Se diferencian de los gastos extraordinarios, imprevisibles o no periódicos, que se reparten aparte. Delimitar unos y otros en el convenio evita muchos conflictos posteriores.
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